Algunas situaciones pueden descalificar a un ciudadano extranjero para solicitar un ajuste de estatus. Tenga en cuenta que las barreras para la aplicación no se aplican a todas las situaciones de ajuste de estatus y que ciertas exenciones, escenarios de inadmisibilidad técnica u otras formas de excepción pueden anular estos descalificadores.

En general, las siguientes situaciones descalificarán a un extranjero del ajuste de estatus:

  • Un ciudadano extranjero que ha sido sorprendido trabajando ilegalmente en los Estados Unidos (sin autorización).
  • Un ciudadano extranjero que solicita un ajuste que no se encuentra en un estatus migratorio legal (sobre estancia, etc.)
  • Un ciudadano extranjero que ha salido de los Estados Unidos sin un permiso de viaje (Advance Parole) o que no fue inspeccionado a través de inmigración.
  • Un ciudadano extranjero que ingresó a los Estados Unidos sin visa.
  • Un ciudadano extranjero involucrado en actividades terroristas.
  • Un ciudadano extranjero que entró a los Estados Unidos con una Visa de Prometidos no inmigrante pero que no se casó con el ciudadano estadounidense que presentó la petición.
  • Un ciudadano extranjero que ingresó a los Estados Unidos como hijo de un prometido K1, pero cuyos padres no se casaron con el ciudadano estadounidense que presentó la petición.
  • Un ciudadano extranjero que no ha logrado mantener el estatus de inmigrante legal.
  • Un ciudadano extranjero que ingresó por última vez a los Estados Unidos como tripulante no inmigrante.
  • Un ciudadano extranjero que NO es un ciudadano canadiense que ingresó a las Islas Marianas o Guam bajo un Programa de Exención de Visa.
  • Un ciudadano extranjero que fue admitido como visitante no inmigrante sin una visa bajo el Programa de Exención de Visa.
  • Un ciudadano extranjero que no ha cumplido con los términos de su estatus de no inmigrante.
  • Un ciudadano extranjero que ya es residente permanente condicional.

Nuevamente, tenga en cuenta que las exenciones u otras formas de apelación/desagravio pueden anular los descalificadores mencionados anteriormente. Si se requiere una exención para cualquiera de estas situaciones, se debe presentar un I-485 Suplemento A según la Sección 245(i).

Para obtener más información sobre cómo calificar, consulte los requisitos del Ajuste de Estatus.