Traiga a sus padres nacidos en el extranjero a los Estados Unidos con la visa IR-5

IR-5: lo básico

Si es ciudadano de los EE. UU. con un padre (o padres) que no es ciudadano de los EE. UU. y desea que residan permanentemente en los Estados Unidos, es posible que desee patrocinar a sus padres con una tarjeta de residente permanente (o tarjeta verde) conocida como la visa de padres IR-5.

El “IR” en IR-5 significa “Familiar Inmediato”. Aunque existen varios tipos de tarjetas de residencia de parientes inmediatos, nos centraremos únicamente en las tarjetas de residencia permanente para padres de ciudadanos estadounidenses.

Con este tipo de visa, sus padres pueden vivir y trabajar legalmente en los Estados Unidos de manera permanente. Sin embargo, si sus padres viven en el extranjero, deberán solicitar y obtener la visa en su país de residencia.

Para hacer esto, deberá asegurarse de seguir los pasos apropiados y cumplir con los criterios requeridos. El siguiente artículo proporcionará un resumen amplio del proceso de solicitud de visa IR-5, al tiempo que aborda algunas de las preguntas más frecuentes (FAQ, por sus siglas en inglés):

  1. Requisitos de elegibilidad
  2. Solicitud del familiar extranjero
  3. Solicitud de la tarjeta verde
  4. Entrevista sobre la tarjeta verde
  5. Circunstancias especiales
  6. Preguntas frecuentes

Requisitos de Elegibilidad

Antes de continuar, deberá cumplir con ciertos criterios. Si no cumple con estos requisitos, su solicitud podría ser denegada. Para solicitar, el patrocinador debe:

  • Ser ciudadano de EE. UU. y tener al menos 21 años de edad
  • Poder demostrar su relación con el padre/madre proporcionando un acta de nacimiento
  • Vivir y tener una dirección en los Estados Unidos
  • Poder apoyar económicamente a sus padres, al menos hasta que puedan empezar a trabajar

Si cumple con estos requisitos, usted y sus padres pueden comenzar el proceso de solicitud.

Solicitud de un Familiar Extranjero

Antes de que pueda solicitar una visa IR-5, primero debe demostrar que realmente es hijo de sus padres. Para hacer esto, deberá completar el Formulario I-130, también conocido como “Solicitud de un Familiar Extranjero”.

Tenga en cuenta que una vez que complete con éxito esta solicitud, sus padres no se convertirán automáticamente en residentes permanentes legales, ni se les permitirá ingresar a los Estados Unidos. Sin embargo, tendrán acceso inmediato a una tarjeta verde una vez que finalicen el proceso de solicitud de la IR-5. Esto se debe a que no hay límites anuales en las tarjetas de residente permanente para “familiares inmediatos”.

Para completar la I-130, deberá presentar un comprobante de ciudadanía estadounidense. Esto puede incluir uno de los siguientes:

  • Una copia de su acta de nacimiento
  • Una copia de su pasaporte (vigente)
  • Una copia de su certificado de ciudadanía
  • Una copia de su Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA, por sus siglas en inglés)
  • Una declaración proporcionada por un funcionario consular de EE. UU. que indique que tiene un pasaporte válido y, de hecho, es ciudadano de EE. UU

También deberá establecer su relación con sus padres. Los requisitos probatorios variarán según las circunstancias de su nacimiento, pero en general, las siguientes pruebas serán suficientes:

  • Un acta de nacimiento, con su nombre y los nombres de sus padres
  • Un acta de matrimonio, con los nombres de ambos padres
  • Documentos que demuestren que los matrimonios anteriores han terminado

Para determinar si necesita evidencia adicional, consulte la sección “Requisitos generales” (que comienza en la página 6) del Formulario I-130. (También tocaremos esto más adelante)

Si su padre/madre está solicitando la visa desde el extranjero, la Solicitud de un Familiar Extranjero pasará por un proceso consular, lo que significa que será procesada por la embajada de su país de origen. Si están solicitando la visa desde dentro de los Estados Unidos, deberán pasar por el proceso de ajuste de estatus (AOS, por sus siglas en inglés). Cada uno de estos (procesamiento consular y AOS) tiene su propio conjunto de formularios, plazos y estructuras de tarifas, pero en general, los requisitos de elegibilidad son los mismos.

La Solicitud de la Tarjeta Verde

Lo que haga a continuación dependerá de si sus padres están solicitando a través de un proceso consular o AOS. En esta sección, repasaremos los siguientes pasos para ambas situaciones.

PROCESAMIENTO CONSULAR

Una vez que haya enviado el Formulario I-130, se enviará al USCIS para su procesamiento. Si la solicitud es exitosa, sus padres deberán completar el Formulario DS-260, también conocido como Solicitud Electrónica de Visa de Inmigrante. Para completar el DS-160, deberá proporcionar evidencia de su relación con sus padres.

Una vez que haya terminado la solicitud y reunido los documentos correspondientes, puede enviar la Solicitud Electrónica de Visa de Inmigrante. Una vez enviado, se enviará al Centro Nacional de Visas (NVC, por sus siglas en inglés), que luego procesará su solicitud. Durante el proceso de revisión, el NVC puede solicitar que sus padres presenten más pruebas. Una vez que se procesa el DS-260, el NVC lo enviará al consulado o embajada en el país donde viven sus padres.

AOS

Si sus padres ya están en los Estados Unidos, y ya tienen una visa válida o han ingresado a través del Programa de Exención de Visa, deberán solicitar el IR-5 a través del proceso AOS.

Una vez que se haya presentado y aprobado el I-130 inicial, sus padres pueden comenzar a completar el I-485, también llamado Solicitud de Ajuste de Estatus. Para hacer esto, necesitarán reunir una serie de documentos. Estos pueden incluir:

  • Dos fotos (tamaño pasaporte)
  • Una copia de sus actas de nacimiento o, cuando eso no sea posible, otros documentos que prueben su nacimiento
  • Una Declaración Jurada de apoyo, que muestre que el solicitante recibirá apoyo financiero
  • Cualquier documento policial o judicial relacionado con cargos penales; esto puede ser aplicable o no

Para obtener una lista más completa, consulte la página de información del USCIS sobre evidencia para el Formulario I-485. Una vez que el formulario esté completo y la evidencia reunida, sus padres pueden enviar la solicitud al consulado o embajada más cercana, quien luego enviará un aviso notificando al solicitante de su cita biométrica. Durante esta cita, se registrarán las huellas dactilares del solicitante y se escanearán sus ojos.

La Entrevista Sobre la Tarjeta Verde

Una vez que se haya presentado y procesado la solicitud de la tarjeta de residencia, sus padres deberán asistir a una entrevista en el consulado o embajada más cercana en su país de origen, si están solicitando a través del procesamiento consular. (Si están haciéndolo a través del AOS, es posible que aún deban ir a una entrevista).

En preparación para la entrevista, deberán reunir los siguientes elementos:

  • Fotografías en dos colores: deben ser idénticas
  • Documentos traducidos al inglés, cuando sea necesario
  • Una carta de cita emitida por el USCIS
  • Un pasaporte que seguirá siendo válido 6 meses después de su fecha de entrada a los Estados Unidos; esto es para los solicitantes que solicitan a través del procesamiento consular
  • Copias originales o certificadas de cualquier documento civil presentado a través del Centro de Solicitud Electrónica Consular (CEAC, por sus siglas en inglés); esto también es para los solicitantes que pasan por el procesamiento consular

Una vez en la entrevista, el padre/madre deberá proporcionar los documentos antes mencionados y responder preguntas sobre su relación con su hijo/hija. El propósito de estas preguntas es determinar si la solicitud y la relación son auténticas. Una vez que el oficial consular ha dado su aprobación, los padres pueden viajar a su destino dentro de los Estados Unidos, donde eventualmente se les enviará la tarjeta verde.

Circunstancias Especiales

Habrá diferentes requisitos probatorios según las circunstancias de su nacimiento. En esta sección, cubriremos los diferentes tipos de evidencia requeridos para cada situación.

Si patrocina a su madre y ella vive fuera de los Estados Unidos, debe enviar:

  • Una copia de su acta de nacimiento, con su nombre y el de su madre
  • Un pasaporte de EE. UU. o una copia de su certificado de ciudadanía; esto es necesario si no nació en los Estados Unidos

Si patrocina a su padre, que vive fuera de los Estados Unidos, deberá enviar lo siguiente:

  • Una copia de su acta de nacimiento, con su nombre y el de sus padres (los dos)
  • Un pasaporte de EE. UU. o una copia de su certificado de ciudadanía, solo si no nació en los Estados Unidos
  • Una copia del acta de matrimonio civil de sus padres
  • Copias de documentos que demuestren que los matrimonios anteriores han terminado legalmente

Si patrocina a su padre, que vive fuera de los Estados Unidos; usted nació fuera del matrimonio; y tenía una relación legítima (legalmente reconocida) con su padre antes de cumplir 18 años, deberá proporcionar la siguiente evidencia:

  • Una copia de su acta de nacimiento, con su nombre y el nombre de su padre
  • Un pasaporte de EE. UU. o una copia de su certificado de ciudadanía; esto solo es necesario si no nació en los Estados Unidos
  • Cualquier evidencia que demuestre que, antes de cumplir los 18 años, su madre y su padre estaban casados; o que, antes de cumplir 18 años, su relación con su padre estaba legitimada según las leyes de su residencia o domicilio, o las leyes de la residencia o domicilio de su padre

Si patrocina a su padre, que vive fuera de los Estados Unidos; usted nació fuera del matrimonio; y no fue reconocido por su padre (a los ojos de la ley) antes de cumplir 18 años, deberá proporcionar los siguientes elementos:

  • Una copia de su acta de nacimiento, con su nombre y el nombre de su padre
  • Un pasaporte de EE. UU. o una copia de su certificado de ciudadanía: esto es si no nació en los Estados Unidos
  • Documentos o pruebas de cualquier tipo que demuestren que tenía un vínculo financiero o emocional con su padre antes de casarse o cumplir 21 años (lo que ocurra primero)

Si patrocina a su padrastro/madrastra, deberá reunir los siguientes documentos:

  • Una copia de su acta de nacimiento, con su nombre y los nombres de sus padres biológicos
  • Un pasaporte de EE. UU. o una copia de su certificado de ciudadanía; esto solo es necesario si no nació en los Estados Unidos
  • Una copia del acta de matrimonio, que indique que el padrastro/madrastra y su padre/madre biológico se casaron antes de cumplir 18 años
  • Copias de cualquier documento que demuestre que todos los matrimonios anteriores se han terminado legalmente; esto puede incluir actas de defunción o papeles de divorcio

Si patrocina a sus padres adoptivos, deberá enviar lo siguiente:

  • Una copia de su acta de nacimiento
  • Un pasaporte de EE. UU. o una copia de su certificado de ciudadanía; esto solo es necesario si no nació en los Estados Unidos
  • Una copia certificada de los documentos de adopción que demuestren que efectivamente fue adoptado antes de cumplir 16 años
  • Una declaración escrita que muestre cuándo y dónde ha vivido con el padre/madre o los padres adoptivos

Preguntas Frecuentes

¿Puedo incluir a mis hermanos/hermanas en la solicitud de mis padres?

No. Para patrocinar a hermanos/hermanas nacidos en el extranjero, deberá presentar una solicitud por separado para cada hermano/hermana. Alternativamente, sus padres patrocinados pueden presentar una solicitud una vez que reciban sus tarjetas de residencia.

¿Mi padre/madre patrocinado podrá convertirse en ciudadano estadounidense?

Si. Después de haber tenido su tarjeta de residencia durante cinco años, pueden solicitar la ciudadanía.

¿Qué edad debo tener para patrocinar a mis padres?

Para patrocinar a un padre/madre para una IR-5, debe tener al menos 21 años de edad.

Puede resultar abrumador encontrar todos los documentos necesarios y completar todos los formularios necesarios. Si necesita ayuda para compilar su aplicación de la visa IR-5, RapidVisa está aquí para usted. Comuníquese con nosotros hoy para que podamos comenzar el proceso de reunirse con sus padres.